Ecologistas en Acción recurren en vía judicial la concesión de municipal para la Red de Calor en Puente Castro

La organización ambientalista impugna acuerdo de la Junta de Gobierno Local por irregularidades en la concesión a SOMACYL

28 de Noviembre de 2023
Actualizado: 28 de Noviembre de 2023 a las 10:35
Imagen del archivo de Ecologistas en Ación: Plano Red de calor Puente Castro

Ecologistas en Acción ha presentado un recurso contencioso administrativo en los juzgados de León contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local que, el 26 de mayo de 2023, aprobó la concesión demanial directa a SOMACYL del dominio público municipal para la implantación de una red de calor alimentada por una central de biomasa. La concesión abarca 24 hectáreas de la parcela de Puente Castro denominada "Soto de Santa Olaja", donde se sitúa la central térmica, y el subsuelo de 127 calles de la ciudad, para la construcción de los primeros 30 kilómetros de zanjas que alojarán las tuberías de la red de calor.

Imagen del archivo de Ecologistas en Ación: Plano Red de calor Puente Castro

El recurso se presenta debido a la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso de reposición dirigido al Alcalde de León el pasado 30 de junio. En dicho recurso, se solicitaba la suspensión de la concesión, considerándose nula de pleno derecho por haber vulnerado las normas que rigen el procedimiento para otorgar.

El Ayuntamiento de León ha cedido, en contra del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (RBEL), la ocupación de terreno y viales públicos sin un proyecto técnico detallado y justificado de la actividad que SOMACYL pretende desplegar. Este proyecto incluye una central térmica, un circuito urbano asociado, una planta solar fotovoltaica y plantas de producción de hidrógeno y biogás. El RBEL exige que el proyecto técnico de estas instalaciones sea aprobado por la Corporación municipal y sometido a información pública antes de otorgar la concesión.

En la documentación presentada no se incluye la potencia térmica nominal total de la central de biomasa, un dato esencial para determinar el régimen de autorización del proyecto a efectos ambientales y condicionar la compatibilidad urbanística del mismo y la propia concesión.

Si la potencia de la central de biomasa alcanza los 75 MW, como se ha publicado, sería considerada una "gran instalación de combustión" que requiere autorización ambiental integrada, la cual está prohibida en suelo rústico de protección natural, como es el "Soto de Santa Olaja", según el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

Para Ecologistas en Acción, resulta inaceptable que el Ayuntamiento haya otorgado la concesión del dominio público municipal para una actividad industrial potencialmente contaminante, sin proyecto técnico y sin evaluar su impacto ambiental y en la salud humana. Además, se otorga la concesión para una red de calor durante 50 años sin estudios de la demanda real y sin considerar la viabilidad a medio plazo de las centrales térmicas de biomasa.

La organización ecologista critica que estas obras, supuestamente subvencionadas con fondos europeos "Next Generation", carecen de proyectos técnicos y se perciben como un medio para canalizar fondos públicos a empresas vinculadas a SOMACYL que resulten adjudicatarias.