La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de León que condenó a un hombre como autor de delito de corrupción a un menor de 15 años, desestimando íntegramente el recurso de apelación presentado por su defensa.
Según la sentencia, los hechos ocurrieron el 9 de octubre de 2023, cuando el acusado, de 52 años, con antecedentes por un delito de abuso sexual a un menor, coincidió con un adolescente de 15 años durante un desplazamiento en autobús hacía la capital leonesa, durante ese viaje, el acusado llegó a preguntar al joven su edad y condición sexual.
Una vez en León, el acusado pidió el número de teléfono al joven que accedió a proporcionarselo debido a que "se sentía un poco agobiado" por la actitud del adulto. Además, el hombre acompañó al joven hasta la academia a la que acudía.

En ese momento en el que le propuso una felación con expresiones como, "soy gay, te había visto, estás muy bueno y quería ir contigo a una habitación de hotel" o tras su rechazó, "imagínate tú y yo desnudos en una habitación, tu chupándomela y yo chupándotela, al verte se me puso muy dura, me mide 21 cm".
Después de todos las negativas del menor, al pasar cerca de un hotel de la capital, el acusado llegó a ofrecerle 50 euros pero nuevamente el menor rechazó al adulto y consiguió separase de él para continuar hasta la academía.
Al llegar a la misma, el menor le contó lo sucedido al profesor que notó el nerviosismo y sofoco que sufría el menor. Tras comentarle la situación llamaron a la madre del menor y este le transmitió los hechos, notando ella también la alteración y nerviosismo de su hijo.
Como consecuencia de estos hechos, la víctima tuvo "un sentimiento de inseguridad y miedo a salir solo a la calle ante el temor de encontrarse con el acusado". Un adulto que está diagnosticado de una “esquizofrenia residual” con seguimiento en la unidad de salud mental desde 1989, sin que en la fecha de los hechos tuviera una reagudización de la sintomatología propia de dicha enfermedad.

Por todos estos hechos, la Audiencia Provincial de León le condenó a dos años de prisón por por un delito de corrupción de menores, concurriendo con la reincidencia y la atenuante analógica de anomalía psíquica. Además, decretó una orden de alejamiento de 100 metros y la prohibición de comunicarse con la víctima durante cinco años.
Además, se le impuso la medida de libertad vigilada durante otros cinco años, medida que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad y cuyo contenido consistirá en el sometimiento del condenado a control judicial a través del cumplimiento por su parte de las medidas de prohibición de aproximarse a la víctima.
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