La Audiencia Provincial de León ha condenado a un hombre por varios delitos de violencia de género, incluyendo tentativa de homicidio, maltrato, amenazas y vejaciones contra su pareja. La sentencia, dictada a la que ha tenido acceso InfoLeón, establece una pena de 2 años de prisión por tentativa de homicidio, junto con otras penas de trabajos en beneficio de la comunidad y restricciones de comunicación y acercamiento.
Los hechos ocurrieron en León entre junio y septiembre de 2023, cuando el acusado incumplió reiteradamente una orden de alejamiento, realizando numerosas llamadas a la víctima y conviviendo con ella a pesar de la prohibición judicial.
En septiembre de 2023, tras una discusión en su domicilio, el ya condenado empujó a la mujer, la tiró al suelo y le golpeó en la cabeza, causándole varias lesiones. Tres días después durante el transcurso de una nueva discusión, el hombre intentó estrangularla con el cable de un cargador de móvil, presionando con fuerza su cuello.
No obstante, la víctima logró liberarse y escapó del domicilio para pedir ayuda a la policía. A consecuencia de estos hechos, la mujer sufrió hematomas y heridas en distintas partes del cuerpo, además de un grave impacto psicológico.
Penas impuestas
La sentencia impone al condenado una pena de 2 años de prisión por tentativa de homicidio y 9 meses de cárcel por quebrantamiento de medida cautelar. Además, deberá cumplir 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad por los delitos de maltrato y amenazas, y 5 días adicionales por vejaciones injustas. Se le prohíbe comunicarse o acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante hasta 3 años, así como poseer o portar armas por un período de 3 años. Asimismo, deberá indemnizar a la víctima con 300 euros por las lesiones sufridas.
Además, el tribunal ha tomado en cuenta las circunstancias atenuantes de alteración psíquica y reparación del daño, ya que el acusado presentó un historial de trastorno de personalidad y ansiedad-depresión, y consignó el importe de la indemnización antes del juicio.
Al manifestarse "por todas las partes" la intención de no interponer recurso a sentencia dictada 'in voce', esta ha sido considerada firme, por lo que no cabe recurso contra la misma.
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