Condenados los dueños de un club de alterne de León y un policía por delitos contra los derechos de los trabajadores y revelación de secretos

Los propietarios empleaban a mujeres extranjeras en situación irregular y sin alta en la Seguridad Social y el agente accedía a bases de datos policiales para informarles del curso de investigaciones

15 de Octubre de 2025
Actualizado: 15 de Octubre de 2025 a las 14:25
TSJCyL

El TSJCyL emitió este miércoles una sentencia por la que se condena a un año de prisión a los propietarios de un local de alterne de Mansilla de las Mulas, por delitos contra los derechos de los trabajadores y ciudadanos extranjeros, y a tres años y medio de prisión a un agente de la Policía Nacional por descubrimiento y revelación de secretos.

Audiencia provincial de León 

 

La sentencia confirma la absolución del hombre y la mujer que regentan el establecimiento de los delitos de blanqueo de capitales y contra la salud pública, relacionados con sustancias estupefacientes, al tiempo que mantiene su culpabilidad en el delito contra los derechos de los trabajadores, en concurso con otro contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, ya que empleaban a mujeres extranjeras en situación irregular y sin estar de alta en la Seguridad Social.

Por ello, cada uno de ellos deberá enfrentarse a un año de prisión y a una multa de 2.700 euros, además de indemnizar a la Tesorería General de la Seguridad Social por las cotizaciones no ingresadas respecto a las trabajadoras no dadas de alta. El club de alterne es sancionado con la suspensión de su actividad durante un año.

Por su parte, la sentencia condena a un subinspector de la Policía Nacional, destinado en la Brigada de Extranjería de León, a tres años y seis meses de prisión y a su inhabilitación absoluta durante nueve años como autor de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, por acceder a bases de datos policiales a petición de los propietarios del club, para obtener y transmitir información sobre investigaciones policiales.

 

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