El TSJ confirma la absolución de un hombre acusado de violar a una camarera en León

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL ha desestimado el recurso, y por lo tanto, confirmado la absolución de un hombre acusado de un delito de agresión sexual al concluir que no existen pruebas suficientes para desvirtuar su presunción de inocencia

Periodista
15 de Julio de 2026
Actualizado: 15 de Julio de 2026 a las 13:12
El TSJCyL confirma la absolución de un hombre acusado de violar a una camarera en León

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha desestimado el recurso, y por lo tanto, confirmado la absolución de un hombre acusado de un delito de agresión sexual al concluir que no existen pruebas suficientes para desvirtuar su presunción de inocencia. 

Ocio nocturno en León

 

La resolución ratifica íntegramente la sentencia dictada el pasado 28 de enero por la Audiencia Provincial de León, que ya había absuelto al acusado al considerar que no había quedado acreditado, más allá de toda duda razonable, que las relaciones sexuales mantenidas con la denunciante se produjeran sin su consentimiento o aprovechando una situación de incapacidad para decidir.

Según el relato de los hechos probados que da la sentencia, en julio de 2023 una joven salió de trabajar de un bar de la capital y quedó con una amiga, con la que salió a varios bares de copas. Tras recorrerlos, ambas se encontraron con un conocido de la amiga, con quien decidieron continuar la noche.

Horas después los tres se desplazaron al domicilio del hombre, donde la joven se quedó medio dormida y sobre las 8:00 horas su amiga decidió marcharse de la vivienda. Tras ello, el acusado y la joven mantuvieron varias relaciones sexuales.

La mujer denunció posteriormente haber sido víctima de una agresión sexual, asegurando que se encontraba incapacitada para consentir debido al consumo de alcohol y la medicación que tomaba para tratar un trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH).

 

Las pruebas no acreditan la violación

 

Las pruebas toxicológicas confirmaron que había ingerido alcohol y que en su organismo también había restos de medicamentos y metabolitos de cocaína. Además, los médicos apreciaron diversas lesiones en el cuello y la espalda y, posteriormente, fue diagnosticada de un trastorno por estrés postraumático.

Sin embargo, tanto la Audiencia Provincial de León como el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León concluyeron que las pruebas no permiten afirmar, con el grado de certeza exigido en una condena penal, que la joven tuviera anulada o gravemente limitada su capacidad para prestar consentimiento ni que el acusado se aprovechara de esa situación para mantener relaciones sexuales contra su voluntad.

Los magistrados recuerdan que durante el juicio quedó acreditado que la denunciante había consumido varias copas antes de llegar a la vivienda del acusado, pero también destacan que distintos testimonios señalaron que caminó por sus propios medios, accedió voluntariamente al piso y que no existían pruebas de que allí hubiera ingerido más alcohol o de que le administraran sustancias sin su conocimiento.

La sentencia también pone de relieve que los peritos no pudieron determinar que el nivel de alcohol, la medicación y el resto de sustancias detectadas provocaran una anulación de sus facultades para decidir. De hecho, los especialistas explicaron que no era posible establecer con precisión el grado de afectación que presentaba en el momento de los hechos, mientras que las médicas forenses describieron una situación de vulnerabilidad, pero no concluyeron que careciera de capacidad para prestar consentimiento.

El TSJCyL confirma la absolución de un hombre acusado de violar a una camarera en León

 

 

Respecto a las lesiones apreciadas durante la exploración médica, el tribunal señala que su existencia quedó acreditada, pero considera que no permiten concluir por sí mismas que fueran consecuencia de una agresión sexual ni que hubieran sido causadas para doblegar la voluntad de la denunciante.

La resolución insiste en que la Audiencia Provincial analizó de forma detallada la declaración de la joven, la del acusado, los testimonios de los testigos y los informes periciales. Aunque reconoce que existen elementos compatibles con la versión de la denunciante, entiende que persisten dudas razonables sobre el aspecto esencial del caso, si las relaciones sexuales se produjeron sin consentimiento porque la denunciante carecía de capacidad para decidir.

El TSJ recuerda que la ley impide revocar una absolución únicamente porque otra valoración de la prueba pudiera conducir a una conclusión distinta. Para anular una sentencia absolutoria sería necesario apreciar una motivación irracional o arbitraria, algo que la Sala descarta en este procedimiento.

En consecuencia, el alto tribunal autonómico mantiene la absolución del acusado al considerar que no se ha destruido su presunción de inocencia. Además se subraya que esta decisión no implica afirmar que la denunciante faltara a la verdad, sino que la prueba practicada no alcanza el estándar exigido en el proceso penal para dictar una condena. La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

 

 

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