La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha aceptado el recurso de apelación interpuesto por una mercantil editorial sobre una sentencia emitida por la Audiencia Provincial de León y determina que se dicte una nueva tras recabar un testimonio que en su día fue propuesto en forma, admitido y no practicado por causa no imputable a la parte recurrente.
La sentencia afectada por la decisión del TSCyL absolvió al consejero delegado de una empresa de gráficas de los delitos de apropiación indebida y de malversación de caudales públicos por los que había sido acusado.
La Audiencia declaró la irresponsabilidad del acusado por entender que no existían pruebas para afirmar que hubiera procedido por propia iniciativa a vender por el precio de 20.000 euros a una entidad distribuidora de libros más de 88.000 ejemplares que constituían el fondo editorial de la empresa Akron, sin su conocimiento y sin la autorización del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Astorga, que previamente había designado a la compañía de gráficas Varona como depositaria de la totalidad de los libros.
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