El TSJCyL confirma la sentencia de un año y tres meses de prisión por agresión sexual a una niña de 11 años en un restaurante en La Bañeza

La Audiencia Provincial de León dictaminó la condena del hombre por un delito de agresión sexual a una menor de 16 años, con la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. El incidente tuvo lugar en 2019 en un restaurante de la provincia

26 de Abril de 2024
Actualizado: 26 de Abril de 2024 a las 16:59
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha rechazado la apelación presentada por un individuo condenado por agresión sexual a una niña de once años en un restaurante de la provincia de León. La Audiencia Provincial de León lo había sentenciado por el delito de agresión sexual a un menor de 11 años, imponiéndole una pena de un año y tres meses de prisión, con la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas.

Los hechos se remontan al 14 de abril de 2019, cuando la niña se encontraba sola en el establecimiento mientras su madre y su pareja se ausentaban para fumar. En este momento, un empleado del local aprovechó la situación para cometer los abusos. Según la denuncia, el sujeto tocó indebidamente a la menor, tomó una fotografía y continuó con el acoso al sentarse junto a ella y volver a tocarla.

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Además de la condena, el TSJCyL ha ordenado al acusado indemnizar a la madre de la víctima con 2.000 euros.

El abogado del acusado argumentó una presunta vulneración del derecho a la presunción de inocencia. Sin embargo, el TSJCyL ha rechazado esta alegación y ratificado la sentencia inicial de la Audiencia Provincial, que condenó al individuo a prisión y a pagar una indemnización por agresión sexual a menor de 11 años.

Los hechos sucedieron alrededor de las once de la noche del 14 de abril de 2019, cuando una niña de once años estaba en un restaurante con su madre y la pareja de esta última. Después de la cena, la pareja salió a fumar mientras la niña terminaba su comida. Durante este breve lapso en el que la niña quedó sola y no había otros clientes, un empleado del establecimiento, mayor de edad, sin historial delictivo, originario de Bangladesh y en situación irregular en España, quien había estado trabajando o ayudando en el restaurante, aprovechó la oportunidad para acercarse a ella y ganarse su confianza.

El hombre colocó su brazo sobre el hombro de la niña y luego de manera intencionada tocó uno de sus pechos por encima de la ropa, a lo que la menor reaccionó apartando su mano. Posteriormente, el individuo se sentó en un sofá cercano a la mesa y, en repetidas ocasiones, solicitó a la niña que se sentara a su lado, volviendo a poner su brazo sobre su hombro y tomándose una foto con ella utilizando su teléfono móvil. Luego, nuevamente tocó intencionadamente el pecho de la niña por encima de su sudadera.

Cuando la madre regresó al local, la niña corrió hacia ella llorando y le pidió con insistencia abandonar el establecimiento. Una vez afuera, le relató a su madre lo sucedido, lo cual, según la sentencia a la que este medio ha tenido acceso, generó en la niña sentimientos de angustia, ansiedad y preocupación

Acudieron al poner la denuncia al cuartel de la Guardia Civil de La Bañeza. La Audiencia Provincial de León discto sentencia en mayo de 2023. 

 

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