El TSJCyL ratifica la absolución de un hombre en León acusado de agresión sexual

La Audiencia Provincial de León declaró al varón inocente, y luego de la apelación presentada por la parte acusadora, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ratificó dicha decisión

01 de Abril de 2024
Actualizado: 01 de Abril de 2024 a las 14:52
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Imagen del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León |El TSJCyL absuelve a una joven de 19 años condenada a dos años y tres meses de cárcel por mantener relaciones sexuales con un menor de 14
Imagen del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León |El TSJCyL absuelve a una joven de 19 años condenada a dos años y tres meses de cárcel por mantener relaciones sexuales con un menor de 14

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la sentencia absolutoria dictada por la Audiencia Provincial de León en un caso de agresión sexual con penetración. La decisión se basa en la falta de pruebas contundentes y la aplicación del principio "in dubio pro reo", que establece que ante la duda, debe absolverse al acusado.

Hechos del caso

El caso se remonta a la madrugada del 5 de marzo de 2021, cuando la víctima y el acusado, amigos, se dirigieron a la vivienda del varón después de una noche de fiesta. La mujer se encontraba en estado de embriaguez y con dificultades para caminar.

En la vivienda, la mujer se quedó en ropa interior mientras el varón iba al baño. Según la versión del acusado, se produjo un acto sexual consentido entre ambos, sin empleo de fuerza. La víctima, por su parte, sostiene que fue agredida sexualmente.

Inconsistencias en las versiones

Las versiones de los implicados presentan inconsistencias. La víctima relata que no recuerda detalles del encuentro y que solo recuerda haber sentido dolor. El acusado, en cambio, describe la relación como consensual y aporta detalles específicos, como la solicitud de la víctima de ser penetrada con violencia.

Evaluación de las pruebas

El tribunal ha examinado las pruebas disponibles, incluyendo el informe médico forense, las declaraciones de los testigos y las versiones de los implicados. El informe médico no encontró lesiones significativas, pero sí detectó lesiones contusas en diversas zonas del cuerpo de la mujer.

A pesar de las lesiones, el tribunal ha considerado que las pruebas no son concluyentes para determinar que la relación sexual no fue consentida. Ante la duda, y en aplicación del principio "in dubio pro reo", se ha optado por absolver al acusado.

El TSJCyL ha desestimado el recurso de apelación presentado por la acusación particular, confirmando la absolución del acusado. La sentencia de la Audiencia Provincial de León queda firme y el acusado queda libre de cargos. Las costas procesales se imponen al recurrente.

La víctima y su familia pueden recurrir la decisión del TSJCyL ante el Tribunal Supremo.