La sentencia del juez de la Audiencia Provincial de León, ha determinado que JC.G.D pasará 25 años en prisión después de asesinar con tres puñaladas a Paula M, una mujer de 36 años con la que mantenía una relación sentimental, en abril de 2021. Esta sentencia se ha conocido hoy viernes y en ella, se establece la condena después de que en la última sesión del juicio, el jurado popular declarase culpable a JC.G.D por unanimidad.
Tal y como quedó demostrado en el tribunal, el culpable de los hechos ejercía un control dominante sobre la víctima y se dejó llevar por la creencia de que Paula le engañaba con otro hombre. De esta manera y de forma obsesiva, buscó al supuesto amante en la residencia de la fallecida en Mansilla de las Mulas, donde causó destrozos antes de acabar con su vida, apuñalándola tres veces, siendo una de las heridas especialmente grave al atravesar su espalda y llegar al esternón.
La sentencia detalla que JC.G.D inició una discusión con Paula M. en su vivienda, lanzándole acusaciones y buscando de manera compulsiva al supuesto amante, a pesar de que Paula se encontraba sola en su domicilio. La discusión escaló hasta un forcejeo en el que el acusado golpeó a Paula en la cabeza con un objeto o la arrojó contra una superficie plana.
El agresor abandonó la residencia de Paula, pero regresó poco después sin su permiso, portando un cuchillo de unos 20 centímetros de longitud, tomado de la cocina. Se dirigió a la habitación de la víctima y le asestó las puñaladas, fracturando el arma, dejando una parte de la hoja incrustada en el cuerpo de Paula, que no tuvo ninguna oportunidad de defenderse, según señala el juez.
El juez determina que, en virtud del delito de asesinato, la pena de 21 años de prisión es apropiada, teniendo en cuenta las circunstancias del acusado y la gravedad del crimen, especialmente debido a la relación sentimental entre la víctima y el agresor. Además, de acuerdo con el artículo 55 del Código Penal, se impone la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, que incluye la privación de honores, empleos y cargos públicos, así como la incapacidad para obtenerlos o ser elegido para cargos públicos.
Para garantizar la seguridad y tranquilidad de la víctima y sus familiares, se impone la pena de prohibición de aproximarse a los padres y hermanos a una distancia no inferior a 500 metros, así como la prohibición de comunicarse con ellos por cualquier medio durante un periodo de 27 años. Adicionalmente, el acusado es condenado a más de 3 años de prisión por allanamiento de morada y a casi un año por maltrato continuado.